EMPRESAS QUE SE SOLIDARIZARON CON DAMNIFICADOS PUEDEN ACCEDER A BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Gracias al tratamiento tributario de las donaciones de alimentos y otras por desastres naturales (Ley 30498), las empresas liberteñas podrán destinar parte de sus utilidades a los denominados gastos de responsabilidad social, lo cual será reconocido como deducible de sus rentas para el cálculo del impuesto, aseveró el presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios de la Cámara de la CCPLL, Ramón Chumán, expositor del “XII Seminario Actualización Tributaria - Laboral” organizado por el gremio empresarial este viernes 28 de abril.
“Con la normativa vigente, las empresas ahora pueden desarrollar sus políticas de responsabilidad social y la ley les permite descontar el monto de las donaciones para determinar la renta sobre la cual calculan sus impuestos”, indicó el experto.
Reconstrucción nacional
Por otro lado, Ramón Chumán mencionó que, tras los impactos del Fenómeno El Niño (FEN), una motivación para que los contribuyentes del país respondan positivamente a la reforma tributaria es la reconstrucción nacional, que se realizará a través de cualquier fuente de financiamiento reglamentada.
Remarcó además que para la reconstrucción nacional existen cuatro fuentes de financiamiento: 1) la reforma tributaria, que no tendrá impacto inmediato pero si en el corto y mediano plazo, 2) el saldo de Caja en el Balance del Estado que corresponde a dinero no utilizado por organismos públicos, cuyo monto asciende a 4,500 millones de soles 3) créditos por desastres al que puede acceder el Perú en el Banco Mundial hasta un monto de 4,000 millones de dólares 4) Fondo de Estabilización Fiscal (FEF) ante ciclos económicos adversos.
Otro de los temas relevantes que se tratarán en el seminario, es el Decreto Legislativo N° 1246, vigente desde el 01 de enero de 2017, que tiene por objeto establecer un régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta que permita a los contribuyentes, que estén domiciliados en el país o no, declarar, repatriar e invertir en el Perú sus rentas no declaradas, a efectos de regularizar sus obligaciones tributarias.
También se desarrollarán los temas: Aspectos relevantes relacionados con el Impuesto a la Renta 2016, Tratamiento de los gastos deducibles por rentas del trabajo personal, El IGV Justo – Prórroga del pago, Repatriación de capitales D. Leg. 1246, Ingreso patrimonial no justificado.
Cabe mencionar que otros ponentes de este seminario son el máster en Derecho Tributario por la Universidad de Barcelona, Dr. Alfredo Saavedra, y el máster en Derecho Laboral y Seguridad Social por la Universidad Nacional de Trujillo, Dr. Rodolfo Román.
Asimismo, los temas que se abordarán en el ámbito de la legislación laboral son: Últimos criterios en La Libertad respecto a la conservación de documentación laboral luego de cinco años de haber sido generada, a propósito del Decreto Legislativo No. 1310; Tipos de documentación laboral cuyo archivo es de mayor relevancia; Recientes criterios respecto a la calificación de la responsabilidad civil del empleador; Calificación de los accidentes de trabajo como un sobrecosto fijo del empleador.
Para mayor información, llamar al (044) 484210 anexo 58 o escribir al correo electrónico capacitaciones@camaratru.org.pe